[1051] Se refiere a cuando no estén menstruando ni ellos hayan mantenido con ellas una relación íntima desde su última menstruación.
[1052] Las esposas divorciadas deben esperar tres menstruaciones antes de volverse a casar para asegurarse de que no están embarazadas, ya que si lo están, el periodo de espera es hasta que den a luz. Durante ese periodo tienen derecho a permanecer en el hogar conyugal y a ser mantenidas por los que eran sus maridos. Estos pueden tomarlas nuevamente por esposas, si así lo desean, sin la necesidad de un nuevo contrato de matrimonio durante dicho periodo, pero si este finaliza, es necesario un nuevo contrato (ver también las aleyas 228-233 de la sura 2).